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PIDEN LA ANULACIÓN DEL TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA DEL
PLAN DIRECTOR DE BIORRESIDUOS DEL CONSORCIO VEGA BAJA POR
PRESCINDIRSE DEL TRÁMITE DE CONSULTAS PREVIAS A LA CIUDADANÍA,
NINGUNEARSE AL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL
CONSORCIO Y CARECER DE ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO


El día 22 de septiembre de 2022 la Junta de Gobierno del Consorcio de Residuos de la zona 11 A 6
aprobó provisionalmente el Plan Director para la gestión de Biorresiduos del plan zonal de la Vega
Baja del Segura. El día 3 de octubre, mediante inserción en el BOP de la provincia, se hizo público
el acuerdo y se abrió, por un plazo urgente de tan solo 15 días, el período para la presentación de
alegaciones al mencionado documento.
Este acuerdo incumple el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que regula la Participación de los
ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos. Esa
determinación obliga a las administraciones públicas a realizar una consulta pública previa a la
elaboración de la norma para recoger la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones
representativas potencialmente afectadas por la norma.
Y no sólo eso. En fechas recientes se ha constituido oficialmente el Consejo de Participación
Ciudadana del Consorcio de Residuos, que representa a las organizaciones sociales interesadas en
la mejora de la gestión de los residuos municipales y domésticos en la comarca, para lo cual se han
personado explícitamente en sede oficial; sin embargo, se ha prescindido totalmente del concurso y
opinión de estas entidades en la aprobación inicial del Plan Director.
Una real participación pública no consiste solamente en la realización del preceptivo trámite de
información pública, en el que se puedan presentar alegaciones a una documentación cerrada y
aprobada previamente, sino en la participación desde el minuto cero, por ejemplo, en estar
informados de la licitación de los contratos que se pretenden realizar, conocer las memorias
justificativas de los mismos y poder participar en todo ese proceso, además de poder sugerir
propuestas de mejora, mucho antes de que los proyectos sean aprobados inicialmente y sometidos a
información pública.
Así mismo, la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, requiere que este Plan
Director cuente con la elaboración de un Estudio Ambiental Estratégico, que se ha de someter a
información pública de forma simultánea al mismo Plan, según determina el artículo 6 de esa Ley.
Los proyectos de construcción de las instalaciones de tratamiento de biorresiduos planificadas en
ese Plan Director en las diferentes zonas exigen también una evaluación ambiental, en este caso de
proyectos.
Por estos motivos, solicitan la anulación del trámite de información pública y que se retome el
mismo una vez realizadas las consultas previas a la ciudadanía e incorporando tanto el
pronunciamiento previo del Consejo de Participación Ciudadana del Consorcio como el Estudio
Ambiental Estratégico del Plan Director. En caso de que no se acepte esta solicitud, se puede
comprometer la continuidad de la presencia de estas entidades ciudadanas en el Consejo de
Participación Ciudadana.
Respaldan esta nota de prensa: Ecologistas en Acción del País Valencià, Amigos de los Humedales
del Sur de Alicante, Segura Transparente, Amig@s de Sierra Escalona (ASE), Intersindical
valenciana, CC.OO. y la asociación de vecinas y vecinos “San Miguel Arcángel de San Miguel de
Salinas.

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