EL TRIBUNAL SUPREMO AVALA LA RETIRADA DE NOMBRES FRANQUISTAS DE LAS CALLES DE MADRID
El equipo de gobierno municipal se queda sin argumentos y fuera de la legalidad
Madrid 21 de diciembre de 2022
En una sentencia que se ha conocido en el día de ayer, el Tribunal Supremo considera que la decisión adoptada por el Ayuntamiento de Madrid en 2017 de retirar el nombre de la calle Asensio Cabanillas, por su vinculación franquista, se ajusta a derecho.
Como argumento principal, la sentencia afirma que “la exaltación proscrita por el artículo 15.1 de la Ley 52/2007 es la que producen actos de las Administraciones Públicas que objetivamente realzan, ensalzan, dignifican o suponen un reconocimiento elogioso de cualquiera de los hechos que identifica su inciso final o todos ellos: la sublevación militar de 1936, la Guerra Civil o la represión de la Dictadura”, dejando claro que no es necesario que se produzcan las tres circunstancias mencionadas por la ley, sino una cualquiera de ellas.
Esto significa que si el Ayuntamiento de Madrid hubiera recurrido las sentencias iniciales por las cuales 6 calles de Madrid recuperaron sus nombres franquistas, la justicia finalmente habría avalado los nombres dignos que se aprobaron 2017. Esto demuestra el sesgo ideológico del equipo de gobierno presidido por Martínez Almeida y Villacís, identificándose con la ideología totalitaria del régimen de Franco al decidir no recurrir.
Con esta sentencia, el actual equipo de gobierno municipal ya no puede alegar que cumple con la justicia, y se confirma que se queda fuera de la legalidad, como se vio claramente al votar el pasado 25 de octubre contra los dictados de la nueva ley de Memoria Democrática que obliga a las administraciones públicas a retirar de la vía pública los elementos que signifiquen exaltación o apología del franquismo.
Plataforma Calle Maestra Justa Freire
CORREO: plataformajustafreire@gmail.com
[…] Accede a la noticia completa y original en el medio que fue publicado aquí: Leer más […]