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 Al carecer de legitimación para poder presentar un recurso ante
el Tribunal Constitucional, el Partido Animalista ha solicitado su
interposición al Defensor del Pueblo.

Madrid, 23 de junio de 2023 – El Partido Animalista PACMA continúa en su
lucha para que los perros de caza y de guarda de ganado no queden fuera
de la Ley de Protección Animal, y ha solicitado al Defensor del Pueblo que
interponga un recurso de inconstitucionalidad fundamentado en el
incumplimiento de hasta tres preceptos constitucionales.
 
En una misiva de más de treinta y cinco páginas, PACMA expone que,
pese a que en noviembre de 2021 el ministro Planas había anunciado ya
que los perros de caza y guarda de ganado tendrían una consideración
especial y de que en la Estrategia Nacional de Caza, aprobada en el mes
de marzo de 2022, se previera una normativa específica, el texto de la Ley
de Protección Animal sometido a audiencia pública con posterioridad no
excluía a estos animales de su ámbito de aplicación.
 
Una estrategia premeditada para excluir a la ciudadanía
 
Tampoco se excluía a los perros de caza y de guarda de ganado en el
texto aprobado en agosto de 2022 por el Consejo de Ministros en el que,
destaca PACMA, de veintidós ministros, diecisiete eran del PSOE. Según
la formación política, esto evidencia que el Gobierno esperó
premeditadamente a que el Proyecto de Ley estuviera registrado en el
Congreso, fuera del alcance de la ciudadanía, impidiendo así que

entidades y particulares dedicados a la defensa de los animales pudieran
realizar cualquier tipo de alegación u ofensiva contra la exclusión de los
perros de caza.
 
PACMA no señala solo a PSOE, sino también a Unidas Podemos dado
que, como parte del Gobierno, conocían de primera mano la previsión
que se había aprobado de una normativa específica para los perros de
caza en la Estrategia Nacional de Caza. “El “postureo” de Unidas Podemos
respecto a esta cuestión es más que evidente cuando el Director General
de Derechos de los Animales se comprometió a tumbar el Proyecto de Ley
antes de que se aprobara excluyendo a los perros de caza, pero Unidas
Podemos, no solo no tumbó el Proyecto, sino que votó a favor del mismo,
excluyendo a los perros de caza”, explican desde el Partido Animalista.
 
Vulneración de la Constitución y del derecho fundamental a la
igualdad
 
El hecho de que la exclusión de los perros de caza y otros animales no se
contemplara en la versión del Anteproyecto sometida a audiencia pública
en marzo de 2022 supone, en opinión de PACMA, una vulneración del
artículo 105 de la Constitución, que garantiza el derecho a la audiencia
de los ciudadanos, en el procedimiento de elaboración de las disposiciones
administrativas que les afecten, destacando la formación animalista la
afectación directa que supone la exclusión de los perros de caza para las
protectoras de animales, «que son las que recogen y acogen a los cientos
de miles de perros desechados y abandonados por los cazadores».
 
El segundo punto en el que PACMA basa la inconstitucionalidad de la
exclusión de los perros de caza y de guarda de ganado es en
el incumplimiento del derecho fundamental a la igualdad. Según
PACMA, excluyendo a los perros de caza y de guarda de ganado del
ámbito de aplicación de la Ley, se está privilegiando a los propietarios
de perros que son cazadores y ganaderos, dado que así se les exime
del cumplimiento de todas las obligaciones y prohibiciones que la Ley
impone a cualquier de propietario de perro. El artículo 14 de la Constitución
establece que los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda
prevalecer discriminación alguna, entre otros motivos, por cualquier
condición o circunstancia personal o social, como es la de ser cazador.
 
Incumplimiento de los principios de jerarquía normativa y de
seguridad jurídica garantizados por la Constitución
 
Por un lado, advierte que la Ley no se ajusta al Convenio Europeo de
protección de animales de compañía, ratificado por España en 2017, y
que no distingue a los perros en función de a qué actividad se destinan.
Por otro, denuncian que la Ley presenta varias y graves antonimias
jurídicas (contradicciones) entre diferentes artículos e, incluso, entre
apartados de un mismo artículo. Sería el caso de los apartados 1 y 3 del
primer artículo de la Ley. Mientras que el primer apartado define como
objeto de la ley “establecer el régimen jurídico básico en todo el territorio

español para la protección de los animales de compañía”, el tercero
excluye a determinados perros de su ámbito de aplicación, en base al fin al
que se destinan. 
 
Algo que, a juicio de PACMA, está en clara contradicción, dado que según
el artículo 3 de la propia Ley, todos los perros deben ser considerados
animales de compañía “con independencia del fin al que se destinen o del
lugar en el que habiten”.
 
La enmienda de PSOE justificaba las exclusiones de estos animales
argumentando que ya estaban protegidos por otras normas, como la Ley
32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su
explotación, transporte, experimentación y sacrificio. Justificación que
PACMA desmonta señalando que la propia Ley de Protección Animal
excluye, mediante una disposición final, a todos los perros, gatos y hurones
del ámbito de aplicación de la 32/2007. 
 
“Se trata de otra chapuza jurídica de la Ley. Se les planteaba un problema
al excluir de su ámbito de aplicación a todos los animales de producción, lo
que excluía automáticamente a todos los perros, gatos y hurones que son
explotados para la cría y compraventa de animales de compañía. ¿Qué se
les ocurrió para “solucionarlo”? Añadir que quedan excluidos perros, gatos
y hurones a la definición de animales de producción de la 32/2007, cuando,
evidentemente, son animales destinados a una actividad lucrativa. No se
puede legislar peor”, concluye la formación política animalista.

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