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Un nuevo obstáculo para los derechos de pensionistas actuales y anteriormente mutualistas
El 22 de diciembre de 2024, el Gobierno aprobó la Ley 7/2024, que introduce nuevas trabas para las
reclamaciones de devolución de IRPF de mutualistas que cotizaron en los años 60 y 70. Estas medidas
afectan gravemente a los derechos de miles de pensionistas y agravan la injusticia histórica que ya
reconoció el Tribunal Supremo en su Sentencia 255/2023.
Lo que cambia la nueva normaAva
- Eliminación del formulario actual: A partir del 22 de diciembre de 2024, queda sin efecto el
formulario habilitado hasta ahora para reclamar las devoluciones correspondientes a los
ejercicios 2022 y anteriores. - Anulación de solicitudes pendientes: Todas las reclamaciones presentadas antes de esa fecha
(22 de diciembre/24) y aún no resueltas por la Agencia Tributaria, para los ejercicios fiscales no
prescritos (2019, 2020, 2021 y 2022), quedarán sin efecto. - Nueva reclamación anual escalonada: Las devoluciones de los ejercicios no prescritos deberán
reclamarse año a año, durante el plazo voluntario de declaración del IRPF en cada año
correspondiente.
- 2025: Se solicitará el ejercicio fiscal de 2019.
- 2026: Se solicitará el ejercicio fiscal de 2020.
- 2027: Se solicitará el ejercicio fiscal de 2021.
- 2028: Se solicitará el ejercicio fiscal de 2022.
Consecuencias
- Duplicación de trámites: Un trámite sencillo se transforma en tener que reclamar de forma
anual durante cuatro años, prolongando innecesariamente un proceso ya de por sí complejo,
especialmente para personas mayores. - Retrasos en el reconocimiento de derechos: Al obligar a escalonar las reclamaciones entre
2025 y 2028, se perpetúa una injusticia que debería haber sido resuelta de manera inmediata
tras la Sentencia del Tribunal Supremo. - Riesgo de pérdida de derechos: Muchas personas pensionistas, por edad avanzada, podrían no
ver resueltos sus derechos antes de fallecer. - Exclusión discriminatoria: Se mantiene la negativa a devolver cantidades a los y las pensionistas
sin retenciones de IRPF, vulnerando los principios de igualdad y justicia fiscal.
Nuestro compromiso y acciones legales
Desde nuestra organización denunciamos esta medida como un atropello legal y social que perpetúa
una injusticia histórica. Estamos analizando todas las posibilidades legales para recurrir esta normativa
y continuamos en los tribunales para garantizar que quienes cotizaron a las mutualidades,
independientemente de sus retenciones actuales, reciban lo que les corresponde.
Además, impulsaremos una campaña de movilización social para visibilizar este problema y exigir al
Gobierno y a la Agencia Tributaria que rectifiquen de inmediato.
Qué deben hacer
Si no han presentado su solicitud inicial: Reclamar según el calendario establecido a partir de - Es importante señalar que presentar esta solicitud no supone ningún perjuicio.
- Si ya presentaron su solicitud y quedó anulada: Volver a reclamar siguiendo los plazos anuales
indicados. - Si están entre los excluidos por no tener retenciones: Aunque la Agencia Tributaria lo niegue, el
derecho está reconocido por el Tribunal Supremo y por la misma Agencia Tributaria (en los
datos fiscales de cada mutualista de 2023). Por tanto, también recomendamos presentar la
solicitud en las fechas ya descritas.
Conclusión
Nos enfrentamos a un intento deliberado de retrasar, obstaculizar y recortar derechos a miles de
mutualistas que han sido históricamente perjudicados y perjudicadas. Estas medidas no sólo son
injustas, sino que representan un grave atropello legal y social.
Hacemos un llamado a cada persona afectada y a la ciudadanía a no rendirse. Esta lucha no ha
terminado. Seguiremos trabajando para lograr que la justicia prevalezca y que se respeten
plenamente los derechos de los y las pensionistas mutualistas.
¡¡GOBIERNE QUIEN GOBIERNE LAS PENSIONES PÚBLICAS, LOS DERECHOS Y LOS SERVICIOS PÚBLICOS
SE DEFIENDEN!!
Comisión de Legal (COESPE)
Enero de 2025
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