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LA FALTA DE CONTROL DEL DESARROLLO URBANÍSTICO POR PARTE DE LA
AUTORIDAD MUNICIPAL CONTINUA PASANDO FACTURA AL MUNICIPIO Y A SUS
RESIDENTES

El BOP de 24 de febrero de 2022 publicó una resolución de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, que desestima el recurso y confirma la nota de calificación del registro de la
propiedad en el recurso interpuesto por un notario de Torrevieja contra la nota de calificación del
registrador de la propiedad de la misma ciudad, por la que se suspende la inscripción de una
escritura de obra nueva y compraventa en una urbanización del municipio de San Miguel de Salinas
porque al no constar “la calificación del suelo como urbano” -argumenta- “se hace necesaria la
preceptiva autorización militar exigible para la adquisición por parte de extranjeros no
comunitarios de la finca”
Los compradores son un una pareja de nacionalidad británica, que desde el 1 de enero de 2021, año
de entrada en vigor del Brexit, son extracomunitarios. La propiedad está incluida en la zona de
defensa de Cartagena, catalogada de interés para la defensa Nacional. La vivienda es una
construcción consolidada que se encuentra en una urbanización que data de 1998; pero que carece
de Plan Urbanístico.
La Ley de Zonas e Interés para la Defensa Nacional, de 12 de marzo de 1.975 y su Reglamento
restringen el acceso a la propiedad por parte de extranjeros, entendiendo como tales el personal
extracomunitario, el cual debe contar con la previa autorización militar. A tales efectos -abunda la
Normativa- los notarios y registradores de la propiedad deben exigir la oportuna acreditación.
Para flexibilizar la aplicación de esta Normativa, el Ministerio de Defensa emitió la Orden 1/2021
donde se excluye la necesidad de contar con la autorización militar en todos aquellos casos “en los
que el suelo se encuentre en la situación básica de suelo urbanizado” carácter que le otorga el
correspondiente instrumento de planeamiento urbanístico, documento del cual se carece en este
caso.
El descontrol del desarrollo urbanístico del municipio no deja de pasar factura a los contribuyentes.
A los hechos recientes denunciados por esta asociación, tales como las dos últimas Sentencias del
TSJCV, que condenan al abono de en torno a un millón de euros en el último año, hay que añadir
otros como esta resolución, en la cual los damnificados son una pareja de residentes británicos, que
han visto truncadas sus expectativas por la desidia y falta de control de la actividad urbanística por
parte de la autoridad municipal.

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