Espacio publicitario

El personal laboral exterior (PLEX) en Bruselas sufre un incumplimiento continuo de la legislación
belga a la que está sometida conforme a sus contratos en distintos ámbitos:

 Indexación de salarios: El Plex en Bruselas, al igual que el resto de compañeros que prestan sus
servicios en el exterior, tiene congelado su salario desde 2009, lo que ha supuesto una pérdida de
poder adquisitivo de alrededor del 30%. Pero es que, además, en el caso de Bélgica, se da una
peculiaridad, y es que, por ley aprobada en el 2018, los salarios deben actualizarse de forma
automática una vez que el coste de la vida supera un cierto nivel de inflación. Es decir, el salario
tiene que actualizarse en nómina en el momento mismo en que el índice salarial es publicado
oficialmente por el Estado belga, sin necesidad de acuerdo previo entre trabajadores y
Administración.
 Transporte: Asimismo, por legislación belga, el personal laboral en Bruselas tiene derecho a ser
reintegrado en los gastos de transporte desde su domicilio al lugar de trabajo. Por su parte, el
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación han procedido ya al pago en
nómina de dicho transporte, pero la peculiaridad de la Representación Permanente es que acoge en
su seno a 17 distintos ministerios aparte del MAUEC y éstos últimos todavía no han procedido a
reconocer el derecho al transporte en nómina.
Todo lo expuesto viene determinado a partir de la aprobación de la mencionada ley de 15 de enero
de 2018 que incluye en su ámbito de aplicación a los miembros del personal contratado localmente
de las misiones diplomáticas extranjeras, las representaciones permanentes y las oficinas consulares
establecidas en Bélgica. Esto significa que, a partir del 15 de febrero de 2018, estas misiones con
personal contratado localmente están obligadas a respetar las condiciones de trabajo y las
remuneraciones previstas por las comisiones mixtas competentes. En este caso concreto, el régimen
laboral belga aplicable al personal local vendrá determinado por la Comisión Paritaria 337
(Comisión Paritaria del Sector no lucrativo), que establece como obligado cumplimiento por parte
del empleador, respetar los salarios, la indexación y el reembolso de los gastos de transporte u otras
prestaciones que se prevean por la comisión paritaria correspondiente.
En cuanto a la indexación y desde el año 2018, fecha de aplicabilidad de la Comisión Paritaria 337,
se han aprobado las SEIS subidas salariales que se relacionan a continuación:
• Año 2018: 2%
• Año 2020: 2% que sumada a la anterior supone un 4,4000%
• Año 2021: 2% que sumada a las anteriores supone un 6,1208%
• Año 2022 (febrero): 2% que sumada a las anteriores supone un 8,2432%
• Año 2022 (abril): 2% que sumada a las anteriores supone un total de 10,4080%
• Año 2022 (mayo): 2% que sumada a las anteriores supone un total de 12,62%

Asimismo, y de conformidad con lo previsto en el art. 33.2 de los Presupuestos Generales del
Estado para el año 2022, que se transcribe a continuación, la CECIR (órgano dependiente del
Ministerio de Hacienda y Función Pública) está plenamente autorizada para modificar y actualizar
dicha subida salarial:
Artículo 33. Determinación o modificación de retribuciones del personal laboral y no funcionario.

  1. Dos. La Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones determinará y, en
    su caso, actualizará, las retribuciones del personal laboral en el exterior de acuerdo con las
    circunstancias específicas de cada país. No podrán autorizarse gastos derivados de la aplicación
    de las retribuciones sin el cumplimiento de lo establecido en el presente artículo.
    A fecha de hoy y salvo el pago del transporte por parte del MAEUC, seguimos sin tener noticias por
    parte de la CECIR u otros Ministerios, al respecto del cumplimiento por ley de la indexación de los
    salarios. España es de los pocos países en la Unión Europa que no cumple con la ley aprobada en el
    2018 que le exige el cumplimiento de las prestaciones que se aprueben en la CP 337.
    Por todo ello, y en apoyo del resto de compañeros en el Servicio Exterior, los empleados públicos
    laborales que prestan servicio en la Representación Permanente de España en Bruselas han decidido
    movilizarse para reclamar mejoras en sus condiciones laborales y han acordado realizar
    concentraciones periódicas, lunes y jueves a las 10h15, en la entrada de la propia Representación
    Permanente como primera medida de acción ante la falta de avance en sus reclamaciones.
    Igualmente, el PLEX de la Embajada Bilateral, el Consulado y el de la sede de la OTAN España
    han iniciado una serie de concentraciones semanales para exigir el cumplimiento de la Ley del
    2018.

PLEX REPER (Representación Permanente de España ante la UE).

Espacio Publicitario

Deja un comentario