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Aprobadas las 4 mociones presentadas por Esquerra Unida y el concejal no adscrito de Podemos pero los socialistas también consiguen sacar un Reglamento de Participación Ciudadana que empeora la situación actual

EU Verds valora positivamente este pleno porque el Ayuntamiento reivindicará mejor trasporte de cercanías por tren y a sensibilizar contra el machismo en las fiestas. Además, se mejoran la transparencia y el buen gobierno mediante las iniciativas aprobadas.

El pleno del Ayuntamiento de Aldaia del 25 de julio 2017 se ha resuelto como viene ocurriendo con los anteriores: el gobierno socialista mostró escasa iniciativa mientras que la oposición sigue protagonizando la mayoría de propuestas y decisiones de actuación municipal. Todo ello, en un clima presidido por la crispación del gobierno municipal, pese a que por segunda vez consecutiva no se estaba transmitiendo en directo la sesión (vídeo), pretextando problemas técnicos.

Con respecto a los puntos tratados principales: (Para ver o descargar el orden del día del Pleno, sigue este enlace: https://drive.google.com/file/d/0B1L1DU3mCFcWWEp2eFhQVGdQZ0U/view?usp=sharing)

Tras acordar el asunto previo de cómo organizar las intervenciones de los tres concejales y concejalas no adscritos, manteniendo el criterio seguido hasta ahora, el pleno abordó como primer punto sustantivo dar cuenta de los reparos de intervención al pago de facturas por valor de 233.000 euros. La decisión del Alcalde es que se paguen estas facturas, pese a los reparos “suspensivos” de Intervención motivados por existir irregularidades “graves” en el control presupuestario del Ayuntamiento. Estos reparos, junto con otros del mismo tenor examinados en el punto de Resoluciones de Alcaldía, motivaron una intervención casi en bloque de la oposición pidiendo al Gobierno socialista una rectificación que este ni siquiera aceptó, amparados como están por la falta, dentro de nuestra democracia recortada que padecemos, de mecanismo legales para sancionar estas formas de proceder. De nuevo, pues, tuvimos que quedarnos en la denuncia pública limitada (el pleno no se grabó ni se difundirá a la población).

El siguiente punto importante fue la aprobación de la propuesta socialista de Reglamento de Participación Ciudadana, sumando los votos favorables de Ciudadanos y Sisepuede más los dos no adscritos provenientes de Ciudadanos. El PP se abstuvo y Compromis, EU Verds y el concejal no adscrito de Podemos votamos en contra. Como se trata de un asunto importante, incluimos en el anexo la explicación de las principales deficiencias, ya observadas hace un año pero que el PSOE no ha querido rectificar y que, patentemente, empeoran en lugar de mejorar el funcionamiento democrático actual del municipio (Ver en el Anexo)

A continuación, se aprobó por unanimidad iniciar el procedimiento de nombramiento de hijo predilecto de la ciudad de Salomón Tárrega Almiñana, que fue aprobado por unanimidad.

Seguidamente, se aprobaron una batería de mociones conjuntas de Esquerra Unida Verds y el concejal no adscrito de Podemos. La primera, presentada por este último,en defensa de la línea C3· de tren de cercanías electrificado y con servicios de calidad. http://euaaldaia.es/spip.php?article3662, tras aceptar la enmienda socialista de incluir el soterramiento de las vías recibió un apoyo unánime. De este modo, se acordó instar al Gobierno a electrificar y mejorar la accesibilidad de esta línea que atraviesa nuestro pueblo, tal como habían prometido hacer justamente hace un año.

La siguiente moción sobre aplicación en las instituciones públicas del artículo 33 de la Convención de Naciones Unidas sobre protección a testigos e informantes de presunta corrupción política, también se aprobó por 19 votos favorables y 2 abstenciones de Sisepuede. El acuerdo adoptado fue quitar la exposición de motivos por innecesaria y modificar la redacción del tercer punto, especificando que se informará a la comisión correspondiente cuando el Ayuntamiento reciba una denuncia concreta por presunta corrupción. Los otros dos puntos asumidos fueron solicitar a los Gobiernos del Estado y la Comunidad autónoma mecanismos de protección para informantes y denunciantes de irregularidades, así como asumir el compromiso municipal de garantizar las condiciones laborales de quien denunciara corruptelas locales.

Nuestra siguiente moción también fue aprobada con la única abstención de los socialistas (13 a favor y 8 abstenciones), sobre información pública en la web de las mociones aprobadas en el Pleno del Ayuntamiento y su estado de ejecución. http://euaaldaia.es/spip.php?article3664. Del mismo modo, aprovechamos este debate para solicitar que, a partir de ahora, durante las sesiones plenarias después de la votación de cada punto se informe al público del recuento de voto especificando si ha salido aprobado o no.

Hubo unanimidad también en el punto de la Declaración institucional de apoyo a la campaña del Movimiento ” #AlertaFeminista” por unas fiestas libres de machismo y de violencia de género
http://euaaldaia.es/spip.php?article3665. Aquí hubo que hacer un receso para poder leer una moción presentada por una Asociación de Aldaia que sólo conocía el grupo socialista y aclarar, una vez reiniciada la sesión, que la moción primero presentada por nosotros quedaba recogida en este redactado posterior, por lo que no habría problema en apoyarla. Este acuerdo obligaría por tanto al Gobierno municipal a difundir el Bando de la “alerta feminista” por unas fiestas libres de machismo.

En el punto de asuntos extraordinarios, se aprobó con la única abstención de Sisepuede, nombrar a Mariano Jurado Arcos Juez de Paz suplente, aunque varios concejales y concejalas expresamos nuestra desazón por no ser paritaria esta institución (Juez y suplente hombres), debido a una falla del procedimiento arbitrado para su nombramiento.

Finalmente, en el punto de ruegos y preguntas, desde Esquerra Unida Verds formulamos una pregunta y 2 ruegos. Preguntamos cómo se van a cubrir las funciones de los 9 peones de la Brigada de Obras que terminan su contrato en los próximos días, a lo que el Alcalde respondió con titubeos que lo estaban pensando (El concejal de personal calló).

Rogamos, por otro lado, que se nos informe de la empresa que el gobierno municipal ha contratado (sin nuestro conocimiento) para elaborar el EDUSI, así como conocer los resultados de sus análisis que también desconocemos. El Alcalde expresó públicamente que nos concedía “carta blanca” para consultar directamente esta y cualquier otra información, lo que es de mucho agradecer considerando anteriores cortapisas durante los dos pasados años.

Finalmente, también rogamos que se nos proporcione Ya el listado de las empresas que prestan servicios al Ayuntamiento sin contrato (irregularmente) dado que ya ha expirado el plazo legal para suministrarnos esta información, y según la ley de transparencia cabrían sanciones.

Sin más asuntos que tratar, se dio paso a un turno de intervenciones del público que sólo fue aprovechado por una persona, más otra que había preguntado en el turno previo del pleno, ambos turnos cada vez más vaciados de participación por las cortapisas evidentes del gobierno municipal.

ANEXO.- VALORACIÓN NEGATIVA DEL REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE ALDAIA, PRESENTADO POR EL ACTUAL GOBIERNO MUNICIPAL el lunes 17 de julio 2017

-Esta propuesta no ha sido elaborada como se acordó en el pleno municipal, mediante la realización previa de una jornada de participación ciudadana y presupuestos participativos.

-Esta propuesta reglamentaria, a diferencia de los reglamentos existentes en la administración pública, no está basada en una actualización del acuerdo político reflejado en la carta de participación firmada en Aldaia hace 12 años (31 marzo 2005), ni desarrolla y aplica los compromisos de nuevas leyes publicadas como las de transparencia (estatal y autonómica) y otras.

Principales fallas e ilegalidades del Reglamento

Artículo 5. Derecho a la información. El punto 6 es ilegal y anticonstitucional. Porque las leyes de transparencia obligan al Ayuntamiento a dar a conocer los principales aspectos de su actividad, mientras que aquí se dice que sólo se hará “cuando circunstancias de interés público lo aconsejen” y “previa conformidad del órgano municipal competente”.

Artículo 9. Derecho a la iniciativa ciudadana. El punto 1a) concede este derechos SOLAMENTE a los y las “mayores de edad”, inscritos en el censo electoral y “sin antecedentes”. Las personas extranjeras, inmigrantes sin papeles y menores de 18 años NO PODRÁN participar en el desarrollo de iniciativas ciudadanas.

Artículo 11. Plenos municipales. El punto 11.2 es contrario al Reglamento de Organización Municipal y a la práctica que se ha venido desarrollando hasta ahora, al contemplar que la alcaldía puede (o no) abrir un turno de palabras al finalizar los plenos, y además restringido a los temas que se han planteado en el mismo (no a lo que quieran preguntar los ciudadanos y ciudadanas). Además, se quita también la palabra a los concejales y las concejalas mediante la expresión: “no podrá producirse debate corporativo”.

Artículo 12.- Derecho a la consulta popular o referéndum. El punto 12.1 “ciudadanía inscrita en el censo electoral”, sigue excluyendo a personas extranjeras y mayores de 16 años hasta los 18. Además, no se permite hacer más de una consulta al año (¿por qué?) y tampoco se establece su carácter vinculante, según el caso.

Artículo 26.-Los presupuestos participativos. El punto 2 establece “la concejalía de participación aplicará procedimientos, procesos y normas metodológicas”. Esto supone quitar la iniciativa a una necesaria comisión técnica y participada

Artículo 29. El Consejo de ciudad. El punto 2 dice que este consejo estará integrado sólo por representantes de entidades sociales y políticas “más representativas”. ¿Quién decide cuáles son las más representativas y en base a qué criterios objetivos? Además, ¿cómo puede ser más representativa una asociación vecinal u otra, falla, ampa, etc?

Artículo 30. Composición Consejo de Ciudad. Al final del mismo se dice que pueden asistir al Consejo, “convocado por el alcalde” y con voz pero sin voto, concejales/as y personal técnico. Esto refuerza la discrecionalidad que preside la composición de la comisión, ya que tampoco se aclara cómo y quién elegirá a las dos personas representantes vecinales y un largo etcétera. ¿Piensan en el alcalde por un casual?

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