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El Gobierno no quiere valorar si Juan Carlos I ha practicado violencia de género contra Corinna Larsen “ que lo valoren los juzgados y tribunales”

¿Cómo…, si es inviolable? 

El portavoz de Compromís en el Senado, Carles Mulet, presentó esta batería de preguntas al Gobierno:

 Lo publica el Diario.es:

La Justicia británica niega la inmunidad a Juan Carlos I en el proceso por acoso a

Corinna Larsen

Los tribunales niegan que la condición de rey emérito sirva para que Juan Carlos I

evite el banquillo en el caso por supuesto acoso a su examante desde 2012

La inmunidad de Juan Carlos de Borbón no le servirá para evitar el banquillo en el

Reino Unido. Según la resolución hecha pública por el departamento de

comunicación de la Alta Corte de Justicia de Reino Unido, los tribunales británicos

han negado la inmunidad al rey emérito en el caso que investiga si, como denuncia

Corinna Larsen, el monarca participó en una estrategia de acoso contra su antigua

amante.

Según Larsen, después del final de la relación entre ambos empezó a ser objeto de

seguimientos y amenazas, con el uso de agentes del Estado para intimidar tanto a

ella como a su familia. Este acoso, según la acusación, habría arrancado en 2012,

dos años antes de la abdicación del rey. La defensa del monarca en este caso,

después de la demanda interpuesta por Larsen en julio de 2021, había intentado que

esquivara el banquillo de los acusados usando la misma herramienta que le había

salvado en España de una investigación todavía más amplia: la inmunidad que la

Constitución reconoce al jefe del Estado, pero en este caso recogida en una ley

británica. Fue en diciembre de 2021 cuando la defensa del rey emérito apeló a su

inmunidad para evitar el juicio, algo a lo que se opuso la representación de su

antigua amante.

El Reglamento del Senado impide hacer preguntas por casos singulares, y la Mesa

de esta cámara suele vetar cualquier pregunta relacionada con la figura del Rey ,ya

que de acuerdo con el artículo 66 de la Constitución, las Cortes Generales controlan

la acción del y no de la Corona.

Por ello, sin preguntar por el caso concreto, porque no me dejarían

  • ¿Considera el Gobierno que casos como estos (no este en concreto) de acoso,

sería un caso de posible violencia de género?

  •  ¿Qué medidas legislativas o no, piensa adoptar el Gobierno, dentro de sus
  • competencias, para que nadie sea inviolable ante la justicia en casos de presunta violencia de género?
  •  ¿Van a pagarse con fondos públicos del Estado español la defensa de casos de posible violencia de género en la cual puedan estar afectados miembros o

exmiembros de la Casa Real?

  • ¿Continúan existiendo entre los miembros del Gobierno “juancarlistas”?
  • ¿ Conoce el Gobierno si el resto de monarquías europeas a la cuales se refiere

muchas veces para justificar la existencia de la española, los casos de presunta violencia de género gozan también de inviolabilidad por parte de sus miembros?

ESTA HA SIDO LA RESPUESTA DEL GOBIERNO

RESPUESTA: En relación con la pregunta de referencia, cabe señalar que la calificación de unos hechos como constitutivos de delito corresponde a los juzgados y tribunales. El Gobierno, como no puede ser de otra manera, respeta la independencia del poder judicial, emanada del artículo 117 de la Constitución Española.

Según ha valorado Mulet “ desgraciadamente, no es ninguna sorpresa que el PSOE se niega a contestar sobre cualquier asunto turbio que tenga de ver con las más corrupta de las monarquías, se han convertido en el partido de régimen dedicado a tapar todas las corruptelas y abusos, la que evita cualquier muestra de transparencia real, y bajo  supuesta independencia del poder judicial no atienden a responder sobre las preguntas que van más allá de las responsabilidad judicial de quien por otra parte es inviolable y no dejan de responda ante la justicia; preguntamos sobre cómo se va a pagar la defensa del exmonarca, si continúan los ministros del PSOE siendo juancarlistas, o si se considera este tipo de comportamientos como violencia de género ( catalogación para la cual no hace falta ninguna sentencia judicial) “

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