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OPOSICIONES RTVE: LA JUSTICIA DECLARA LA NULIDAD DE LA BAREMACIÓN Y EL AÑO DE EXPERIENCIA.

En relación con la sentencia de la Audiencia Nacional declarando la nulidad en las bases de la convocatoria del concurso oposición en RTVE, no hacemos ningún tipo de pronunciación. Dejamos aquí el enlace a la única fuente publicada, el comunicado de la sección sindical CGT que forma parte de los demandantes

La Audiencia Nacional ha dado la razón a la Federación de Espectáculos, Información, Papel y Artes Gráficas de la CGT y ha dictado sentencia estimatoria parcial sobre el conflicto colectivo presentado impugnando las bases de las convocatorias externas de empleo (1/2022) (pincha aquí para acceder a la sentencia) . Unas convocatorias que están resultando un desastre en muchos sentidos. CGT en RTVE no firmó estas bases y advertimos de su posible ilegalidad. UGT-SI y USO, firmantes de esos nefastos procesos, vendieron estos acuerdos como un logro, y ahora  la Audiencia Nacional ha dictado la nulidad de varios aspectos.

La sentencia de la Audiencia Nacional, contra la cual cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de 5 días, declara la nulidad de los siguientes requisitos:

-“tener la experiencia profesional mínima demostrable que, en su caso, exijan las bases específicas para el puesto al que se opta”.
-“haber prestado servicios por un periodo igual o superior al año (365 días) en puesto análogo al que opta, prestados desde el 1 de enero de 2007”, para algunas ocupaciones tipo.
-“la formación y experiencia que sea requisito para optar a las plazas convocadas no será valorada como mérito”.

Declaran también la nulidad de todos los actos posteriores dictados en aplicación de las Bases Generales de la Convocatoria 1/2022, en relación con la exigencia como requisito de participación de “haber prestado servicios por un periodo igual o superior al año (365 días) en puesto análogo al que opta, prestados desde el 1 de enero de 2007” y en relación con la aplicación de la ponderación de méritos de los Anexos 5 y 6 de las Bases Generales de Convocatoria 1/2022.

Tras la queja de personas trabajadoras del sector por considerar injustas las bases,  ha tenido que ser la Audiencia Nacional (pese a la solicitud de la Federación de Espectáculos, Información, Papel y Artes Gráficas de la CGT de intentar llegar a un acuerdo), la que declare la nulidad de los requisitos citados. A las organizaciones sindicales firmantes de acuerdos ilegales debería de caérseles la cara de vergüenza. La culpa no es del que denuncia sino del que comete la ilegalidad. 

Ahora UGT, SI y USO montaran una campaña contra CGT para no asumir que la culpa de todo este lio la han tenido ellos firmando cosas que eran manifiestamente ilegales. Porque, aunque CGT no hubiera denunciado, cualquier persona lo podría haber denunciado como de hecho ha pasado .
 
La federación de CGT no tiene interés en «joder» a nadie como comentan los palmeros en los chats. Sólo tiene interés en que el acceso al empleo público se haga en las condiciones de transparencia, publicidad y justicia que marca la ley. 

A partir de ahora se nos ocurren dos posibilidades. La razonable y por la que optaremos de buena fe, sentarnos a negociar unas bases justas y legales. La segunda, el camino de la soberbia, en el que la Dirección y sus cómplices persistan en su chapuza y recurran la sentencia prolongando el proceso judicial, creando más inseguridad, caos y mejorando en nada la situación de la plantilla. Ahí nos tendrán en frente con la misma firmeza de siempre.

Desde la sección de CGT en RTVE seguiremos informando  y resolviendo todas las dudas, como siempre, sin importar la afiliación sindical.

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